Guía de turistas, es la persona física que proporciona al turista nacional o extranjero, orientación e información profesional sobre el patrimonio turístico, cultural y de atractivos relacionados con el turismo, así como servicios de asistencia; el cual puede prestar sus servicios bajo la modalidad de guía general o guía especializado en un tema o localidad específica de carácter cultural.
Guía General: Persona que cuenta con estudios de guía a nivel técnico, reconocido en los términos de las leyes de la materia y que puede desempeñar esta actividad a nivel nacional con un dominio global de los atractivos turísticos del país.
La norma oficial mexicana, NOM–08-TUR–2002 define los procedimientos y requisitos de información, seguridad al turista y de protección al medio ambiente, patrimonio natural y cultural que se requieren en el desarrollo de la actividad.
Para poder desempeñar la actividad de guía de turistas general es necesario que el prestador obtenga la credencial de reconocimiento de la norma oficial mexicana, debidamente expedida por la Secretaría de Turismo.
Requisitos para obtener la credencial de reconocimiento como guía de turistas general de la norma oficial mexicana.
• Credencial de elector, pasaporte o forma migratoria correspondiente.
• Registro Federal de Contribuyentes, (R.F.C.).
• Dos fotografías tamaño pasaporte a color en fondo blanco, (recientes).
• Formato de inscripción al Registro Nacional de Turismo SECTUR-03-002
• Pago de derechos $836.00, por concepto de inscripción (opcional) al Registro Nacional de Turismo con el
formato e5cinco disponible en nuestro portal dentro de la sección servicios, cantidad vigente desde el 1
de enero hasta el día 31 de diciembre del 2012.
formato e5cinco disponible en nuestro portal dentro de la sección servicios, cantidad vigente desde el 1
de enero hasta el día 31 de diciembre del 2012.
• Formato de inscripción al Registro Nacional de Turismo SECTUR-03-002.
• Certificado de estudios de nivel medio superior o nivel técnico en un área vinculada con la actividad
turística, reconocidos por las autoridades competentes en la materia.
turística, reconocidos por las autoridades competentes en la materia.
• Diplomado de proceso de formación académica de 360 horas teóricas y 150 horas prácticas, como
mínimo mismos que pueden ser organizados por la secretaría o por las autoridades de turismo.
mínimo mismos que pueden ser organizados por la secretaría o por las autoridades de turismo.
• Acreditar examen de conocimientos generales con calificación mínima de 8 (ocho).
• Acreditar examen de dominio de una lengua adicional al español con calificación mínima del 80%
(ochenta).
(ochenta).
• Constancia de primeros auxilios.
• En caso de ser extranjeros, además de lo anterior debe de acreditar fehacientemente su legal estancia en
el país y calidad y característica migratoria para desarrollar la actividad de guía de turistas en los términos
de la legislación aplicable. La vigencia de la credencial de reconocimiento será como máximo la prevista
para la calidad migratoria emitida. Asimismo, los solicitantes extranjeros deben de acreditar examen de
dominio de idioma español con calificación mínima de 90%. En caso de presentar certificado de estudios
expedido en el país donde se realizaron en las materias en las que se refiere en el punto 5.1 de la
norma, será necesaria su traducción por perito al español, en el caso de que dichos estudios fueran en
un idioma distinto a éste; así como legalizado por la Embajada o Consulado de los Estados Unidos
Mexicanos en el país de expedición del documento.
el país y calidad y característica migratoria para desarrollar la actividad de guía de turistas en los términos
de la legislación aplicable. La vigencia de la credencial de reconocimiento será como máximo la prevista
para la calidad migratoria emitida. Asimismo, los solicitantes extranjeros deben de acreditar examen de
dominio de idioma español con calificación mínima de 90%. En caso de presentar certificado de estudios
expedido en el país donde se realizaron en las materias en las que se refiere en el punto 5.1 de la
norma, será necesaria su traducción por perito al español, en el caso de que dichos estudios fueran en
un idioma distinto a éste; así como legalizado por la Embajada o Consulado de los Estados Unidos
Mexicanos en el país de expedición del documento.
Las fechas y horarios de los cursos, diplomados y exámenes de idiomas, deberán consultarse en la Dirección General de Desarrollo de la Cultura Turística, Calle Schiller No. 138, cuarto piso, Colonia Chapultepec Morales, México, Distrito Federal, teléfono (55)3002 6300 extensión 4432 ó en las oficinas estatales de turismo.
Requisitos para trámite de refrendo de credencial de reconocimiento como guía general.
• Constancias de cursos de actualización (160 horas)
• Copia de la credencial de reconocimiento vencida o por vencer
• Dos fotografías tamaño pasaporte a color en fondo blanco.
• Formato SECTUR-03-002 debidamente requisitado (actualización de datos)
• Certificado medico
• En caso de ser extranjero acreditar nuevamente la legal estancia en el país.
• El guía de turistas debe presentar ante la Secretaría o ante las oficinas estatales de turismo la solicitud de
refrendo en los formatos que le proporcione dentro de los 30 días anteriores a la fecha de vencimiento.
refrendo en los formatos que le proporcione dentro de los 30 días anteriores a la fecha de vencimiento.
Requisitos para trámite de canje de credencial de reconocimiento como guía general (NOM-08-TUR-2002)
• Formato SECTUR-03-002 debidamente requisitado (actualización de datos).
• Dos fotografías tamaño pasaporte a color en fondo blanco.
• Copia fotostática de la credencial vigente
Requisitos para trámite de reposición de la credencial de reconocimiento
• Acta de extravío ante el Ministerio Público.
• Formato SECTUR-03-002 debidamente requisitado (actualización de datos).
• Dos fotografías tamaño pasaporte a color en fondo blanco.
Obligaciones normativas de los guías de turistas generales
• Para desempeñar la actividad de guía de turistas general es necesario que el prestador del servicio
obtenga la credencial de reconocimiento de la norma oficial mexicana, NOM-08-TUR-2002
debidamente expedida por la Secretaría de Turismo.
obtenga la credencial de reconocimiento de la norma oficial mexicana, NOM-08-TUR-2002
debidamente expedida por la Secretaría de Turismo.
• Los guías de turistas generales deben portar a la vista, durante la prestación del servicio, la
credencial de reconocimiento vigente de la norma oficial mexicana.
credencial de reconocimiento vigente de la norma oficial mexicana.
• Los guías de turistas generales al contratar sus servicios deben extender el documento que garantice
las condiciones del servicio, debe contener como mínimo lo siguiente: nombre del guía, registro
federal de contribuyentes, domicilio y teléfono, número de credencial de reconocimiento, vigencia del
servicio, fecha en la que prestara el servicio, idioma o idiomas en los que se proporcionara el servicio,
recorrido e itinerario contratado, tiempo estimado de duración del servicio, costo por el servicio,
(detalle del mismo con los gastos que incluye), tipo de seguro, (viajero o responsabilidad civil), firma
del prestador del servicio, nombre y firma del turista, (firma opcional) y comentarios acerca del servicio,
(opcional).
las condiciones del servicio, debe contener como mínimo lo siguiente: nombre del guía, registro
federal de contribuyentes, domicilio y teléfono, número de credencial de reconocimiento, vigencia del
servicio, fecha en la que prestara el servicio, idioma o idiomas en los que se proporcionara el servicio,
recorrido e itinerario contratado, tiempo estimado de duración del servicio, costo por el servicio,
(detalle del mismo con los gastos que incluye), tipo de seguro, (viajero o responsabilidad civil), firma
del prestador del servicio, nombre y firma del turista, (firma opcional) y comentarios acerca del servicio,
(opcional).
• En ningún caso, un solo guía podrá atender grupos integrados por un número mayor a veinticinco
personas, excepto en el caso de transportación, en el que será suficiente un guía por vehículo, así
como cuando en el sitio de interés turístico no se cuente con algún otro guía de turistas acreditado
en el idioma en el que se esta prestando el servicio.
personas, excepto en el caso de transportación, en el que será suficiente un guía por vehículo, así
como cuando en el sitio de interés turístico no se cuente con algún otro guía de turistas acreditado
en el idioma en el que se esta prestando el servicio.
Ficha del tramite de acreditación o refrendo para guías de turistas especializados en actividades específicas.
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Trámite
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Acreditación, refrendo, canje o reposición para Guías de Turistas Generales y Especializados en Temas o Localidades Específicas de Carácter Cultural.
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Usuario
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Guías de Turistas Generales y Especializados en Temas o Localidades Específicas de Carácter Cultural.
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Tiempo de respuesta
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10 días hábiles para Guías de Turistas Generales y Especializados en Temas o Localidades Específicas de Carácter Cultural.
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Comprobante a obtener
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Credencial de reconocimiento de la norma oficial mexicana, NOM-08-TUR-2002
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Área de recepción
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Secretaría de Turismo, Dirección General de Mejora Regulatoria o en las oficinas Estatales de Turismo.
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Domicilio
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Av. Presidente Masarik No. 172, primer piso, Colonia Bosques de Chapultepec, 11580, México, Distrito Federal o en las oficinas Estatales de Turismo.
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Horario de atención al público
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Lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas
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Teléfonos
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(55) 3002 6300 extensión 1245, 1243, 1255, 1261
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Correo electrónico
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Portal
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Fundamento jurídico
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Norma oficial mexicana, NOM-08-TUR-2002, "Que establece los elementos a que deben de sujetarse los Guías de Turistas Generales y Especializados en temas o localidades específicas de carácter cultural.
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PARA MAYOR INFORMACIÓN:
Dirigirse a la Dirección General de Mejora Regulatoria de la Secretaría de Turismo, sito en Av. Presidente Masarik No. 172, primer piso, Colonia Bosques de Chapultepec, 11580, México, Distrito Federal, o al teléfono (5)30026300 extensiones 1245, 1243 y 1255.
A T E N T A M E N T E
EL DIRECTOR GENERAL DE MEJORA REGULATORIA
LIC. JUAN MANUEL GONZÁLEZ VALDIVIA
ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN SEPTIEMBRE 2010
Unidad responsable: Dirección de Normalización y Certificación
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